Calcular el paro
Cuánto cobrarás de paro y durante cuánto tiempo, a partir de tu nómina.
Calculadora
Al mes, los primeros 180 días
1.225,00 €
Es un importe bruto. El SEPE descuenta tu cotización a la Seguridad Social y, si corresponde, la retención de IRPF.
- Duración 1.095 días cotizados
- 360 días (12 meses)
- Primeros 180 días, al mes 70 % de una base de 2.100,00 €, tope máximo
- 1.225,00 €
- Desde el día 181, al mes 60 % de la base, tope máximo
- 1.225,00 €
- Tope máximo sin hijos art. 270.3 LGSS
- 1.225,00 €/mes
- Total bruto de la prestación
- 14.700,00 €
Calculado con los arts. 269 y 270 de la LGSS y el IPREM de 2026 (600,00 € al mes). La base se estima con tu sueldo y la parte de las pagas extra, sin horas extra; la real está en tu nómina. Datos legales actualizados el 2 de octubre de 2026.
Cómo se lee el recibo
Arriba tienes lo que cobrarías cada mes durante los 180 primeros días. Debajo, cuánto tiempo te corresponde, lo que cobras a partir del día 181 y el total de toda la prestación. Si tu importe queda por encima del máximo o por debajo del mínimo legal, aparece una línea con el tope que se ha aplicado.
Todo es bruto. El SEPE descuenta de cada pago tu cotización a la Seguridad Social (art. 273.1 LGSS) y, si corresponde, la retención de IRPF. Esos descuentos dependen de tu situación y la calculadora no los resta.
Quién tiene derecho al paro
Necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años y estar en situación legal de desempleo: un despido, el fin de un contrato temporal o un ERE. Si te vas por tu cuenta, no tienes derecho (art. 267.2.a LGSS), salvo que te vayas por un traslado, una modificación sustancial de tus condiciones, por violencia de género o porque un juez termine el contrato por un incumplimiento grave de la empresa.
Plazo para pedirlo
Tienes 15 días hábiles desde el día siguiente al cese, o desde que terminan las vacaciones que no disfrutaste (art. 268.1 y 268.3 LGSS). Si lo pides después no pierdes el paro, pero empiezas a cobrar desde el día en que lo pides y pierdes los días de retraso.
Cómo se calcula
La base es el promedio de lo que has cotizado por desempleo en los últimos 180 días, sin horas extra (art. 270.1 LGSS). La calculadora la estima con tu sueldo bruto mensual más la parte de las pagas extra que cobras aparte; la base real está en tus nóminas. Sobre esa base cobras el 70 % los 180 primeros días y el 60 % después (art. 270.2 LGSS).
| Hijos a cargo | Mínimo al mes | Máximo al mes |
|---|---|---|
| Sin hijos | 560 € | 1.225 € |
| 1 hijo | 749 € | 1.400 € |
| 2 o más hijos | 749 € | 1.575 € |
Los topes son porcentajes del IPREM (600 € al mes en 2026) incrementado en una sexta parte (art. 270.3 LGSS). La duración va de 120 días si has cotizado entre 360 y 539 días hasta 720 días si has cotizado 2.160 o más (art. 269.1 LGSS). Si conoces los días exactos, están en tu vida laboral; si pones años y meses, la calculadora cuenta cada mes como 365 ÷ 12 días. Puedes leer los artículos en el texto consolidado de la Ley General de la Seguridad Social.
Tabla del paro 2026
Lo que cobrarías al mes los 180 primeros días, con las pagas extra prorrateadas en el sueldo y bruto.
| Sueldo bruto mensual | Sin hijos | 1 hijo | 2 o más hijos |
|---|---|---|---|
| 1.000 € | 700 € | 749 € | 749 € |
| 1.200 € | 840 € | 840 € | 840 € |
| 1.400 € | 980 € | 980 € | 980 € |
| 1.600 € | 1.120 € | 1.120 € | 1.120 € |
| 1.800 € | 1.225 € | 1.260 € | 1.260 € |
| 2.000 € | 1.225 € | 1.400 € | 1.400 € |
| 2.200 € | 1.225 € | 1.400 € | 1.540 € |
| 2.400 € | 1.225 € | 1.400 € | 1.575 € |
| 2.600 € | 1.225 € | 1.400 € | 1.575 € |
| 2.800 € | 1.225 € | 1.400 € | 1.575 € |
| 3.000 € | 1.225 € | 1.400 € | 1.575 € |
Ejemplos resueltos
Nómina de 1.200 € y dos pagas aparte
Tu base es 1.200 × 14 ÷ 12 = 1.400 €. Con 1.000 días cotizados te corresponden 300 días de paro. Los 180 primeros cobras 980 € al mes (70 %) y después 840 € (60 %). En total, 9.240 € brutos.
Sueldo de 1.800 € sin hijos: se aplica el máximo
El 70 % de 1.800 € son 1.260 €, que pasa del máximo sin hijos, así que cobras 1.225 € al mes los 180 primeros días. Después, el 60 % son 1.080 €, que ya queda por debajo del máximo.
Sueldo de 1.000 € con un hijo: se aplica el mínimo
El 70 % de 1.000 € son 700 €, por debajo del mínimo con hijos, así que cobras 749 € al mes. Con 400 días cotizados te corresponden 120 días: 2.996 € brutos en total.
Otras preguntas de los usuarios
¿Cómo se calcula lo que voy a cobrar del paro?
Se parte de tu base de cotización de los últimos 180 días, que viene a ser tu sueldo bruto mensual con la parte de las pagas extra. Los 180 primeros días cobras el 70 % de esa base y después, el 60 %, siempre entre un mínimo y un máximo que dependen de tus hijos a cargo: sin hijos, entre 560 € y 1.225 € al mes. Cuánto tiempo lo cobras depende de los días cotizados en los últimos 6 años.
¿Cuánto queda de paro con una nómina de 1.200 €?
Si las pagas extra van prorrateadas en la nómina, 840 € al mes los 180 primeros días y 720 € después. Si cobras 2 pagas aparte, tu base sube a 1.400 € y cobrarías 980 € y 840 €. Son importes brutos.
Si cobro 1.800 €, ¿cuánto me queda de paro?
Con las pagas prorrateadas y sin hijos, el 70 % de 1.800 € pasa del máximo, así que cobrarías 1.225 € al mes los 180 primeros días y 1.080 € después. Con un hijo a cargo el máximo sube y cobrarías 1.260 € los primeros días.
¿Cuál es la tabla de paro para 2026?
Está más abajo, en esta página: lo que cobrarías al mes los 180 primeros días según tu sueldo y tus hijos. Los topes de 2026 salen del IPREM, que sigue en 600 € al mes y se incrementa en una sexta parte: máximo de 1.225 €, 1.400 € o 1.575 € según tengas 0, 1 o 2 o más hijos, y mínimo de 560 € sin hijos o 749 € con hijos.
¿Tengo derecho a paro si me voy de forma voluntaria?
No. Si dejas el trabajo por tu cuenta no estás en situación legal de desempleo (art. 267.2.a LGSS). Las excepciones son irte por un traslado o por una modificación sustancial de tus condiciones, por ser víctima de violencia de género, o porque un juez termina tu contrato por un incumplimiento grave de la empresa, como no pagarte el sueldo (arts. 40, 41.3, 49.1.m y 50 del Estatuto de los Trabajadores).
¿Cuándo tengo que pedir el paro?
En los 15 días hábiles siguientes al cese o, si te quedan vacaciones sin disfrutar, desde que terminan (art. 268.1 y 268.3 LGSS). Si lo pides tarde no pierdes el derecho, pero cobras menos días.
Para confirmar la cifra con tus datos reales, el SEPE tiene su programa oficial de autocálculo de la prestación.
Actualizado el 2 de octubre de 2026. Datos legales versión 2026.1.
Para saber más
- Certificado de empresa: plazo de envío al SEPE: El documento que la empresa envía al SEPE para que puedas cobrar el paro, cuándo debe enviarlo y qué hacer si no lo hace.
- SMI e IPREM 2026: El salario mínimo y el IPREM de 2026 en euros al día, al mes y al año, con su norma y para qué sirve cada uno.
Otras calculadoras
- Simulador «Me han despedido»: Finiquito, indemnización, paro y las fechas límite para reclamar, todo de una vez.
- Calculadora de indemnización: Lo que te toca por un despido o por el fin de un contrato temporal, con el cálculo de cada tramo.
- Calculadora de finiquito: Salario pendiente, vacaciones que no has disfrutado y parte de las pagas extra.
- Calculadora de despido improcedente: Cuánto más cobrarías si tu despido se declara improcedente, frente a lo que ya te han pagado.
Herramienta orientativa. No sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista o graduado social ni la resolución del SEPE, que es quien reconoce la prestación y su importe.