Calculadora de indemnización por despido
Pon el tipo de despido, las fechas y tu salario. El resultado cambia al momento.
Calculadora
Indemnización estimada
23.506,85 €
- Salario diario (salario anual ÷ 365)
- 82,19 €
- Antigüedad computada
- 104 meses
- 104 meses ÷ 12 × 33 días por año
- 286 días
- Días de indemnización
- 286 días
Calculado con el art. 56.1 ET. Datos legales actualizados el 2 de octubre de 2026.
Cómo se lee el resultado
La indemnización es el número de días que te corresponden multiplicado por tu salario diario. El salario diario es tu salario bruto anual dividido entre 365.
Los días salen de tu antigüedad. Se cuenta por meses y cualquier fracción de mes vale como mes entero: si trabajaste del 1 de enero al 2 de febrero, son 2 meses. Si empezaste y terminaste el mismo día de meses distintos, cuentan los dos meses.
Si en el recibo aparece la línea «Tope legal», tu antigüedad daría más días de los que permite la ley y la calculadora ya ha aplicado el límite. Si empezaste antes del 12/02/2012 y el tramo antiguo ya supera el tope general, el tramo nuevo sale tachado porque no suma.
Cómo se calcula
| Tipo de extinción | Días por año | Tope | Norma |
|---|---|---|---|
| Despido improcedente (desde el 12/02/2012) | 33 | 720 días (24 mensualidades) | Art. 56.1 ET |
| Despido improcedente (hasta el 11/02/2012) | 45 | 1260 días (42 mensualidades) | DT 11ª ET |
| Despido objetivo | 20 | 360 días (12 mensualidades) | Art. 53.1.b ET |
| Fin de contrato temporal | 8 a 12, según el año del contrato | Sin tope | Art. 49.1.c ET y DT 8ª ET |
En el fin de contrato temporal, los días por año dependen de cuándo se firmó el contrato (DT 8ª ET): 8 días por año hasta el 31/12/2011, 9 desde el 01/01/2012, 10 desde el 01/01/2013, 11 desde el 01/01/2014, 12 desde el 01/01/2015. Los contratos firmados antes del 04/03/2001 no tienen esta indemnización. Tampoco la tienen los contratos formativos ni los de sustitución.
La fórmula es: indemnización = (meses ÷ 12) × días por año × salario diario, con el tope que corresponda. En el fin de contrato temporal se cuenta por días: (días de servicio ÷ 365) × días por año × salario diario. Puedes consultar los artículos en el texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores y la exención fiscal en la Ley del IRPF.
El despido disciplinario declarado procedente no da derecho a indemnización. El despido nulo obliga a readmitirte y a pagarte los salarios que dejaste de cobrar, así que no se calcula con esta herramienta.
Ejemplos resueltos
Despido improcedente con contrato posterior a 2012
Empiezas el 1 de marzo de 2018, te despiden el 1 de octubre de 2026 y cobras 30.000 € brutos al año. Son 104 meses (el 1 de octubre suma un mes más). 104 ÷ 12 × 33 = 286 días. La indemnización es 286 × 30.000 ÷ 365 = 23.506,85 €.
Despido improcedente con contrato anterior a 2012
Empiezas el 15 de enero de 2005, te despiden el 1 de octubre de 2026 y cobras 36.500 € al año (100 € al día). Primer tramo, hasta el 11/02/2012: 85 meses a 45 días = 318,75 días. Segundo tramo: 176 meses a 33 días = 484 días. La suma, 802,75 días, supera el tope de 720, así que cobras 720 días: 72.000 €.
Despido objetivo con dos años de antigüedad
Del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2026, con 36.500 € al año. 24 meses a 20 días = 40 días × 100 € = 4.000 €.
Otras preguntas de los usuarios
¿La indemnización por despido paga IRPF?
No, mientras no pase de lo que el Estatuto de los Trabajadores marca como obligatorio, con un máximo de 180.000 €. Si el despido es objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o es un despido colectivo, la exención llega hasta lo que te correspondería por un despido improcedente. Lo que acuerdes en la conciliación ante el servicio de mediación (SMAC) también entra en la exención. Lo que la empresa te pague por encima de esos límites tributa.
¿Qué salario tengo que poner?
El salario bruto anual que cobrabas en el momento del despido, con las pagas extra incluidas y los pluses salariales fijos. No se incluyen dietas ni gastos de desplazamiento.
Empecé a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, ¿qué cambia?
Si el despido es improcedente, el tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012 se paga a 45 días por año y el resto a 33. El tope general es de 720 días, salvo que el primer tramo ya lo supere: en ese caso cobras lo del primer tramo, con un máximo de 1260 días. La calculadora separa los dos tramos automáticamente.
¿Qué diferencia hay entre despido objetivo e improcedente?
El objetivo es el que la empresa justifica por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, entre otras: se pagan 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades. Si un juez o la propia empresa reconoce que el despido no estaba justificado, pasa a ser improcedente y se pagan 33 días por año.
Si me despiden, ¿tengo derecho a paro?
Sí. Cualquier despido te deja en situación legal de desempleo, también el disciplinario. Necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años para cobrar la prestación contributiva.
¿Va a cambiar la indemnización por despido improcedente?
Puede. El Comité Europeo de Derechos Sociales y el Consejo de Europa han pedido a España que la reforme porque consideran que 33 días por año no siempre compensan el daño. A día de hoy la ley no ha cambiado. Esta calculadora aplica la ley vigente en la fecha de actualización que aparece al final de la página.
Actualizado el 2 de octubre de 2026. Datos legales versión 2026.1.
Para saber más
- Despido objetivo: causas, indemnización y preaviso: Por qué causas se puede despedir de forma objetiva, cuánto se cobra y qué tiene que entregarte la empresa.
- Despido disciplinario: causas, carta, paro y plazo: Qué faltas permiten un despido disciplinario, qué debe decir la carta y qué cobras si se declara improcedente.
- Papeleta de conciliación: qué es y cómo afecta al plazo: El paso previo obligatorio para reclamar un despido: dónde se presenta, qué incluir y qué pasa con el plazo.
Otras calculadoras
- Simulador «Me han despedido»: Finiquito, indemnización, paro y las fechas límite para reclamar, todo de una vez.
- Calculadora de finiquito: Salario pendiente, vacaciones que no has disfrutado y parte de las pagas extra.
- Calcular el paro: Cuánto cobrarás de paro y durante cuántos meses, a partir de tu nómina.
- Calculadora de despido improcedente: Cuánto más cobrarías si tu despido se declara improcedente, frente a lo que ya te han pagado.
Herramienta orientativa. No sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista o graduado social. Tu convenio colectivo o tu contrato pueden mejorar estas cantidades, y una sentencia puede fijar otras.